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RESOLUCIÓN 900/ SRT

La Ley Nacional de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° 19587 y sus cuatro Decretos Reglamentarios hacen obligatorio el empleo en todo el país, de la Reglamentación Para la Ejecución de Instalaciones Eléctricas en Inmuebles de la AEA (Asociación Electrotécnica Argentina). En consecuencia es de aplicación la Reglamentación AEA 90364. Los cuatro Decretos Reglamentarios a que se hace referencia en la Ley 19587 son, al día de hoy: el Decreto 351/79, el Decreto 911/96, el Decreto 617/97 y el Decreto 249/07 en los cuales se menciona la aplicación obligatoria del Reglamento de la AEA

Interpretación de la Res. 900/2015:

Art. 1° .Da carácter obligatorio a la medición de puesta a tierra y verificación de la continuidad de las masas en el ambiente laboral.

Art. 2°.Tendrán una validez de 12 meses los valores de la medición de PAT y verificación de la continuidad de las masas cuyos datos se manifiesten en el Protocolo aprobado por la Res. 900/15.

Art. 3°.Ante el incumplimiento de los valores de la Reglamentación AEA en referencia al protocolo para la medición del valor de Resistencia de PAT o falta de Continuidad de las masas, se deberá elaborar un plan de acción para adecuarse a lo especificado. Art. 4°. Se debe controlar periódicamente el adecuado funcionamiento de los dispositivos contra los contactos indirectos por corte automático de la alimentación.

Realizamos todas las mediciones de seguridad eléctrica estipuladas en las normativas de la Asociación Electrotécnica Argentina con elementos calibrados y homologados, por profesionales de la ingeniería matriculados con incumbencia.

Conceptos para completar el Protocolo:

Los interruptores diferenciales de cualquier IΔn deben cumplir con los cinco ensayos que la Reglamentación AEA 90364 y la Norma IEC 61008 indican. Para ello se debe emplear un instrumento que cumpla con IEC 61557-6.

Los ensayos deben certificar:

  • – que con la mitad de la corriente diferencial el ID no debe disparar
  • – que con una corriente diferencial igual a 1xIΔn aplicada súbitamente el ID debe disparar en como máximo 300 ms.
  • – que con una corriente diferencial igual a 2xIΔn aplicada súbitamente el ID debe disparar en como máximo 150 ms,
  • – que con una corriente diferencial igual a 5xIΔn aplicada súbitamente el ID debe disparar en como máximo 40 ms,
  • – que aplicando una corriente diferencial que crezca en forma gradual el disparo se produzca con una IΔn comprendida entre 0,5xIΔn y 1xIΔn y que el tiempo de actuación esté dentro de los 300 ms.

Continuidad de las masas Se debe comprobar que cada una de las masas eléctricas (motores, tableros metálicos, caños eléctricos, luminarias metálicas, máquinas de aislación clase I, etc.) y cada una de las masas extrañas (caños de agua, caños de vapor, caños de aire comprimido, caños de gas, conductos de aire acondicionado, columnas metálicas de tinglados parabólicos, armaduras de hormigón armado, etc.) estén conectadas a la puesta a tierra de la instalación (a la puesta a tierra Ra de protección en el ECT TT, y al borne Neutro de la instalación puesto a tierra en el ECT TN-S ). Además se debe verificar que el borne de tierra de todos y c/u de los tomacorrientes esté conectado también a la puesta a tierra de la instalación. Estas comprobaciones no son otra cosa que verificar la continuidad de los conductores de protección y de los conductores de equipotencialidad.

Para medir esas continuidades el reglamento de la AEA establece que se deben emplear instrumentos que cumplan con la Norma IEC 61557-4 adecuados a ese efecto, que entreguen 200 mA como mínimo y una tensión a circuito abierto, continua o alterna, que no sea inferior a 4 V y no supere los 24 V.

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